La insinuación ante notario es una solicitud conjunta formulada por el donante y el donatario en una notaría del lugar, donde el donante tenga el asiento principal de sus negocios. Se deberá anexar el avalúo comercial del bien inmueble que se dona elaborado por un perito autorizado o una lonja de propiedad raíz y certificado de tradición del inmueble. Adicionalmente, deberá aportarse prueba de que el donante conserva lo suficiente para su congrua subsistencia, es decir lo necesario para subsistir modestamente de un modo que corresponda a su posición social.
La insinuación puede ser elaborada en la misma escritura de donación. Recuerde que si se dona a una entidad pública no se requiere insinuación.
Las donaciones entre cónyuges son revocables.